El ministerio de
hacienda y Administraciones públicas ha elaborado un proyecto de Real Decreto
en el que nos adelanta en qué consistirá el criterio de caja.
Con el objetivo de
conjugar los mecanismos para un efectivo control tributario con el menor incremento
posible de obligaciones formales, se amplía la información a suministrar en los
libros registro generales, para incorporar las referencias a las fechas de
cobro o pago y del medio utilizado, para los sujetos pasivos acogidos al
régimen especial del criterio de caja, así como a los no acogidos pero que
resulten ser destinatarios de operaciones afectadas por el mismo
Por último, se prevé
la entrada en vigor del Real Decreto para el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial del Estado, con excepción de la regulación relativa al régimen especial
del criterio de caja, que entrará en vigor el 1 de enero de 2014.